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Rechaza SCJN suspender ley contra desafuero

La corte admitió a trámite la controversia interpuesta por el senado, pero descartó emitir una suspensión, por lo que la reforma seguirá vigente hasta que los magistrados se pronuncien

CIUDAD VICTORIA a 28 de Julio del 2021 (RN Noticias) con información de Expreso.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite una Controversia Constitucional (95/2021), promovida por el presidente de la mesa directiva del Senado de la República contra el Congreso y el Gobernador de Tamaulipas.

La Controversia presentada es contra el paquete de reformas aprobados en la sesión del pasado 23 de junio en el Congreso de Tamaulipas, a la Constitución del Estado, para impedir que el gobernador pueda ser desaforado a partir del 1 de octubre.

A pesar de que dio entrada al documento, la Corte rechazó suspender la reforma a la Constitución de Tamaulipas, por lo que hasta que los magistrados tomen una determinación, la legislación seguirá vigente.

Los Ministros Jorge Pardo y Luis María Aguilar, integrantes de la Comisión, rechazaron la suspensión, por tratarse de una norma general.

“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que ostenta, y se admite a trámite la demanda que hace valer, con reserva de los motivos de improcedencia que se puedan advertir al momento de dictar sentencia”, se señala en la lista de notificación.

Los diputados tamaulipecos, aprobaron adicionar un párrafo tercero al artículo 84, un párrafo segundo al artículo 165 de la Constitución del Estado, y un párrafo tercero al artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

Con estos cambios aprobados, la próxima legislatura quedaría impedida para volver a abordar el desafuero del gobernador.

“En todos aquellos casos en los que el Congreso del Estado hubiese determinado la no homologación de la declaratoria por parte de alguna de las cámaras federales en los asuntos de su competencia, su decisión será definitiva e inatacable.

En estos casos no podrá seguirse ninguno de los procedimientos indicados en los dos primeros párrafos de este artículo”, dice el agregado al artículo 84 de la Constitución de Tamaulipas.

Además, la Constitución Política de Tamaulipas, sólo podrá modificarse con la autorización de la mayoría calificada (dos terceras partes) de los 43 cabildos de los ayuntamientos del estado.

En la notificación se ordena expedir copias simples de la demanda, pero se les apercibe que, “en caso de incumplimiento del deber de secrecía o del mal uso que pueda dar a la información que reproduzca por la utilización de los medios fotográficos o tecnológicos autorizados, se procederá de conformidad con lo establecido en líneas precedentes”.

A los demandados en este procedimiento constitucional, los poderes Ejecutivo y Legislativo de Tamaulipas, se les requiere para que presenten contestación dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.

Deberán presentar además, copia certificada de los antecedentes legislativos de los decretos impugnados, incluyendo las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que conste la votación de los integrantes de ese órgano legislativo, y los diarios de debates. “Asimismo, se requiere al Poder Ejecutivo de la entidad para que, en el plazo indicado con antelación, envíe a este Alto Tribunal un ejemplar del Periódico Oficial del Estado en el que se hayan publicado los decretos controvertidos en este medio de control constitucional”.

La Senadora Guadalupe Covarrubias Cervantes de Morena, comentó que “el proceso de Controversia Constitucional depende de la Suprema Corte de Justicia (SCJN), la cual definirá si invalida este decreto y mandata al Congreso de Tamaulipas para que legisle en esa materia”.

 

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